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Preguntas del examen OECE, con respuesta y base legal
Ejemplos del banco del simulador, de las tres competencias del temario. Intenta responder antes de abrir la respuesta: en el simulador hay más de 800.
- Sí, siempre
- No, nunca
- Solo cuando el informe sobre las causas del desierto determina que debe modificarse algún documento que motivó su aprobación
- Solo cuando no se haya recibido ninguna oferta
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Respuesta: c) Solo cuando el informe sobre las causas del desierto determina que debe modificarse algún documento que motivó su aprobación
La declaración de desierto no obliga, por sí sola, a aprobar nuevamente el expediente. La nueva aprobación se exige si el informe que analiza sus causas identifica documentos que deben modificarse. Caso práctico hipotético: Una municipalidad convocó la compra de 120 carpetas y no recibió ofertas válidas. Si el informe mantiene el requerimiento, la estrategia y los demás documentos, puede volver a convocar sin una nueva aprobación. Si exige modificar el requerimiento, debe tramitarla. Clave para el examen: Desierto no equivale a nueva aprobación automática.
Base legal: Reglamento de la Ley N.° 32069 (D.S. N.° 009-2025-EF y modificatorias), art. 54.4
- La liquidación del contrato
- La interacción con el mercado realizada, según corresponda
- La conformidad de la prestación
- La resolución del contrato
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Respuesta: b) La interacción con el mercado realizada, según corresponda
La estrategia incorpora la interacción con el mercado realizada, según corresponda. Esa información sustenta las decisiones sobre oferta disponible, competencia y características del requerimiento. Caso práctico hipotético: Para comprar refrigeradores de vacunas, la DEC identifica proveedores, tiempos de entrega y disponibilidad de mantenimiento. Incorpora esa información en la estrategia y sustenta un plazo de entrega viable para el mercado. Clave para el examen: La interacción con el mercado sustenta la estrategia; no es un archivo aislado.
Base legal: Reglamento de la Ley N.° 32069 (D.S. N.° 009-2025-EF y modificatorias), art. 54.2, literal c
- No, porque pertenece exclusivamente a la fase de selección
- Sí
- Solo cuando el evaluador es un jurado
- Solo en licitaciones públicas
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Respuesta: b) Sí
La designación formal de los evaluadores integra el expediente que se somete a aprobación. No basta con conocer informalmente quiénes revisarán las ofertas. Caso práctico hipotético: En la compra de equipamiento de laboratorio, la entidad designa a los evaluadores mediante el documento pertinente. La DEC lo incorpora al expediente, de modo que quede identificada su intervención antes de la selección. Clave para el examen: La designación de evaluadores se documenta e integra al expediente.
Base legal: Reglamento de la Ley N.° 32069 (D.S. N.° 009-2025-EF y modificatorias), art. 54.2, literal e
- Publicarse en el diario oficial El Peruano
- Notificarse por carta a cada proveedor del RNP
- Comunicarse solo internamente al titular
- Son agregadas automáticamente al PAC en el SEACE de la Pladicop, como no programadas, sin que ello constituya una modificación al PAC
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Respuesta: d) Son agregadas automáticamente al PAC en el SEACE de la Pladicop, como no programadas, sin que ello constituya una modificación al PAC
Las contrataciones no programadas se incorporan automáticamente al PAC en el SEACE al convocar o efectuar la contratación, conforme al artículo 11. No se exige llamarlas modificación del PAC; la necesidad sí debe estar en el CMN conforme a sus reglas. Caso práctico hipotético: Una entidad convoca una compra que no estaba en el PAC inicial, pero cuya necesidad figura en el CMN aprobado o modificado. El SEACE la agrega al PAC como no programada; no equivale a una modificación formal de ese plan. Clave para el examen: No programada en PAC y modificación del CMN son conceptos distintos.
Base legal: Directiva N.° 0002-2025-EF/54.01, art. 11, modificado por R.D. N.° 0041-2025-EF/54.01
- El objeto de la contratación y su cuantía, entre otros criterios del reglamento
- Únicamente el número de proveedores inscritos
- La sola disponibilidad presupuestal
- La antigüedad de la entidad contratante
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Respuesta: a) El objeto de la contratación y su cuantía, entre otros criterios del reglamento
El procedimiento se determina por objeto, cuantía y los demás criterios reglamentarios. Contar con presupuesto no autoriza elegir libremente una modalidad sin atender sus condiciones. Caso práctico hipotético: Una entidad necesita adquirir equipos y contratar su mantenimiento. Define primero el objeto contractual conforme a las prestaciones, estima la cuantía y comprueba qué procedimiento y reglas resultan aplicables antes de convocar. Clave para el examen: Identificar objeto y cuantía antes de seleccionar el procedimiento.
Base legal: Ley N.° 32069, art. 53
- Solo pueden usarse en situación de emergencia
- Se aplican los mismos plazos que en el procedimiento ordinario
- Se elimina la evaluación de ofertas
- Se aplican reglas específicas y están exceptuadas del plazo general mínimo de veintidós días hábiles entre convocatoria y presentación de ofertas o precalificación
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Respuesta: d) Se aplican reglas específicas y están exceptuadas del plazo general mínimo de veintidós días hábiles entre convocatoria y presentación de ofertas o precalificación
Las modalidades abreviadas están exceptuadas del mínimo general de 22 días hábiles entre convocatoria y presentación de ofertas o precalificación. Ello no elimina automáticamente la evaluación ni todas las etapas. Caso práctico hipotético: Una entidad aplica una modalidad abreviada y elabora su cronograma con las reglas específicas y bases estándar. No copia obligatoriamente el mínimo general de 22 días hábiles ni suprime etapas por decisión propia. Clave para el examen: Abreviada: reglas y plazos específicos; no ausencia de evaluación.
Base legal: Reglamento de la Ley N.° 32069 (D.S. N.° 009-2025-EF y modificatorias), art. 64.1
- Se excluyen de las disposiciones de la ley, salvo las referidas a los principios, que siguen aplicando
- Quedan liberados también de los principios de la contratación pública
- Los define cada entidad según su criterio
- Requieren aprobación del Tribunal caso por caso
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Respuesta: a) Se excluyen de las disposiciones de la ley, salvo las referidas a los principios, que siguen aplicando
La exclusión del ámbito de la ley no elimina la aplicación de sus principios. Tampoco permite que la entidad decida libremente que una compra está excluida: debe encajar en un supuesto legal. Caso práctico hipotético: Una entidad realiza una contratación comprendida en un supuesto excluido del artículo 7. Aunque no aplique el procedimiento ordinario de la ley, debe actuar con integridad, transparencia y respeto a los demás principios exigibles. Clave para el examen: Exclusión del régimen no equivale a ausencia de principios.
Base legal: Ley N.° 32069, art. 7.1
- No procede la del contratista salvo casos del reglamento; la entidad sí puede ceder la suya
- Solo procede con autorización de la Contraloría
- El contratista puede cederla libremente a quien desee
- Está prohibida para ambas partes sin excepción
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Respuesta: a) No procede la del contratista salvo casos del reglamento; la entidad sí puede ceder la suya
La cesión del contratista está prohibida como regla, con excepciones reglamentarias. La entidad puede ceder su posición bajo las condiciones aplicables. Ceder la posición no es simplemente subcontratar una prestación. Caso práctico hipotético: Una empresa adjudicataria quiere entregar íntegramente su posición contractual a otra por conveniencia comercial. La entidad no puede aceptarlo libremente: debe comprobar si existe una excepción reglamentaria que habilite la cesión. Clave para el examen: Cesión de posición cambia la parte contractual; no equivale a subcontratación.
Base legal: Ley N.° 32069, arts. 65.1 y 65.2
- La Contraloría General de la República
- La autoridad de la gestión administrativa
- El área usuaria por sí sola
- El Tribunal de Contrataciones Públicas
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Respuesta: b) La autoridad de la gestión administrativa
La autoridad de la gestión administrativa puede autorizar, ordenar y pagar adicionales indispensables en bienes, servicios y consultorías de obra dentro del 25% del monto original. El área usuaria no los aprueba por sí sola. Caso práctico hipotético: En un servicio por S/ 200 000 se sustenta un adicional indispensable de S/ 20 000. Corresponde tramitar su autorización ante la autoridad de la gestión administrativa; una coordinación informal con el área usuaria no basta. Clave para el examen: Para estos objetos, autoridad de gestión administrativa y límite de 25%.
Base legal: Ley N.° 32069, art. 64.1
- El plazo de ejecución resulta insuficiente
- El contratista solicita una modificación
- Se suscribe con un proveedor impedido, o se acredita documentación falsa, adulterada o inexacta presentada en selección que sustentó la buena pro, previo descargo del contratista en este último supuesto
- La entidad cambia de titular
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Respuesta: c) Se suscribe con un proveedor impedido, o se acredita documentación falsa, adulterada o inexacta presentada en selección que sustentó la buena pro, previo descargo del contratista en este último supuesto
La autoridad de la gestión administrativa puede declarar nulidad por contratar con un impedido o por documentación falsa, adulterada o inexacta que sustentó la buena pro, previo descargo en este último supuesto. No basta una irregularidad genérica. Caso práctico hipotético: Una empresa ganó usando un certificado de experiencia falso que sustentó su adjudicación. Después de firmar, la entidad comprueba la falsedad y permite el descargo del contratista antes de decidir sobre la nulidad por esta causal. Clave para el examen: Distinguir falsedad que sustentó la buena pro de documentos presentados durante la ejecución.
Base legal: Ley N.° 32069, art. 71.1, literales a y b
Preguntas del banco propio de Simulador Público, escritas sobre la Ley N.º 32069 y su Reglamento. Mira el temario completo y cómo es el examen.
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